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jueves, 12 de marzo de 2009

Florence Cassez

El caso de la ciudadana francesa Florence Cassez, sentenciada aquí a 60 años de cárcel por su participación en tres secuestros, ha desnudado la debilidad que también en el ámbito internacional aqueja al señor Felipe Calderón. Veamos por qué:

Apelando al Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas --adoptado en Estrasburgo, Francia en marzo de 1983, y cuya adhesión firmó México el 28 de junio de 2007-- el presidente francés Nicolás Sarkozy solicitó, en su reciente visita, que la mencionada convicta cumpla la condena en aquella nación.

De acuerdo con ese instrumento legal, un país solicita a otro el traslado de un reo y el Estado que recibe la petición determina si la acepta o la denega. El artículo 3 inciso f del Convenio, que prevé las condiciones de transferencia, establece que ambos estados deben estar de acuerdo con el traslado.

Ambos, es decir, si uno de ellos no acepta, el mecanismo no se lleva a cabo. Así de fácil. Para mayor abundamiento, el artículo 5 titulado Peticiones y respuestas señala en el párrafo 4 que "El Estado requerido informará al Estado requiriente...de su decisión de aceptar o denegar el traslado solicitado".

De nuevo queda explícito en ese párrafo que el mecanismo está sujeto a la aceptación del país que sentenció a la persona.

En ninguna parte del Convenio se establece que para dilucidar la cuestión de un traslado deba formarse, como lo anunciaron México y Francia, una comisión binacional que "analice los alcances" de ese instrumento, para determinar si se acepta o rechaza una petición.

La aceptación es prerrogativa exclusiva, en este caso de México, pero al acceder a formar esa comisión, el gobierno del señor Calderón tácitamente ha renunciado a ella, con lo que corrobora su condición blandengue, cuando se trata de defender los intereses de sus connacionales, en este caso de las familias afectadas por las acciones punibles de la señora Cassez.

Calderón ya había enseñado antes su debilidad ante gobiernos extranjeros en aquel episodio del primero de marzo de 2008, en el que el ejército colombiano atacó ilegalmente un campamento en Ecuador de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, en el que murieron cuatro estudiantes mexicanos y resultó herida Lucía Morett Álvarez.

Su actitud indolente y tibia fue, en aquella ocasión, objeto de varios señalamientos críticos. Ahora es el presidente Sarkozy quien le ha dado un baño, lo ha dejado en ridículo al darle una lección a domicilio de cómo interceder por los suyos.

Todavía está a tiempo de enmendar esa debilidad negando el traslado, pues si lo acepta, habría el riesgo real, ya advertido por varios analistas, de que la condena de 60 años impuesta aquí a Florence Cassez, pueda ser modificada si, como lo prevé el artículo 10 del convenio, la duración de la sanción fuera incompatible con la legislación, en este caso, de Francia.

O podrá adaptarla "a la pena y medida prevista por su propia ley para las infracciones de igual naturaleza" (artículo 10, párrafo 2). Ese riesgo es, como apuntamos, real, pues en aquel país la pena máxima por el delito de Cassez es de 20 años.

El Convenio sobre Traslado de Personas Condenadas da la opción para que en el momento en que un país firme el instrumento de ratificación (sic), aceptación, aprobación o adhesión, indique si rechaza la aplicación de uno de los procedimientos que permitan al país que recibe al reo sustituir la sanción.

No se sabe si México hizo uso de esa reserva o si renunció a ella, lo cual ya sería una imprevisión igualmente condenable.

No habremos de vivir mucho para saberlo, pues según se anunció, la infortunada, por ilegítima (de nuevo esa palabrita en el destino de Calderón) comisión binacional dará su fallo en dos semanas.

Ese lapso es también cuestionable, pues en el Convenio tampoco se especifica un tiempo perentorio para que un país resuelva una petición de traslado.

Veremos.