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jueves, 24 de noviembre de 2011

La Jornada, Krauze y el ministro Lelo

Es difícil no ver en el fallo emitido ayer por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del periòdico La Jornada y en favor de la revista Letras Libres, la forma en cómo se expresa en el México de nuestros días la lucha entre el sistema dominante y quienes se le oponen.

Más allá de las formalidades jurídicas --que también éstas fueron atropelladas-- quedó de manifiesto el designio de castigar a un medio de comunicación crítico que mediante el registro cotidiano de las imposturas de los poderosos, escapa a la uniformidad informativa y opinativa que priva en nuestro medio.

En efecto, lo que La Jornada representa en el periodismo mexicano es lo que el periodista chileno Pedro Santander ha definido respecto de la función del oficio de informar: esa voluntad  por investigar y desnudar la trama que tejen permanentemente los poderosos (gobiernos y corporaciones o poderes fácticos) para mantener su hegemonía a cualquier precio.

Entrevistado esta mañana por Carmen Aristegui, Enrique Krauze, el director de Letras Libres, confirmó mediante una frase, que eso es precisamente lo que molesta a los poderes establecidos y al conglomerado de intereses empresariales, políticos y mediáticos a los que el historiador y su revista están adscritos. Dijo que el periódico que dirige Carmen Lira está siempre de lado de los movimientos sociales revolucionarios. Y aunque llamó a desterrar el odio del debate público, enseguida calificó de estalinista al diario que lo demandó por difamación.

Parapetado tras una argucia verbal, Krauze pretendió explicar que el término "cómplice" utilizado en el texto en que Fernando García Ramírez acusó al periódico de estar "al servicio de asesinos hipernacionalistas", debe ser considerado en su acepción de "simpatizar alguien con algo", pues, dijo, es evidente que la línea editorial del diario "simpatiza" con el grupo separatista español ETA.

La aseveración muestra que o bien Krauze es un ignorante o es un cínico, porque el término "cómplice" tiene una connotación y una consecuencia jurídica, pues implica la imputación de una conducta ilícita tipificada en el Código Penal. De acuerdo con la teoría del Derecho del historiador, de aquí en adelante ningún cómplice, por ejemplo de secuestro, podrá ser imputado penalmente, pues le bastará con alegar que su condición no era la de coadyuvante en el delito, sino que sólo participó como "simpatizante".

El dictamen del ministro Arturo Saldívar Lelo de Larrea es, a su vez, un atropello sin más al sentido común y al sentido jurídico, pero sobre todo, a la letra del texto constitucional que no prevé, como argulló el juzgador la preeminencia del derecho a la libertad de expresión por sobre el derecho al honor.

Cuando la razón se ausenta, aparecen los sinsentidos. Eso ocurrió con los ministros de la Corte. El designio era liberar de la acusación a Letras Libres y los intereses que representa. Desde esa perspectiva el asunto era menos un tema jurídico y de justicia que ideológico. Aunque todavía haya quien lo niegue. Por eso prevaleció la irracionalidad de la resolución.




jueves, 29 de abril de 2010

Teresa y Alberta libres

La excarcelación de Teresa González Cornelio y de Alberta Alcántara Juan, indígenas de Santiago Mexquititlán, Querétaro, ordenada ayer por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), representa la reparación parcial de un agravio monumental perpetrado por un gobierno cuya legitimidad es puesta en duda un día sí y otro también, no sólo por quienes lo impugnan, sino por los atropellos de sus propios integrantes, sea en los órdenes económico, político, policial y de seguridad.

El proyecto de resolución elaborado por la ministra Olga Sánchez Cordero -- avalado por unanimidad por los ministros Juan Silva Meza, José Ramón Cossío, Jesús Gudiño Pelayo y Saldívar-- revocó la sentencia de 21 años de cárcel a que las había condenado en febrero pasado el juez cuarto de Distrito con sede en Querétaro, Rodolfo Pedraza Longi.

La insólita condena, fue resultado de flagrantes irregularidades que avergonzarían a cualquier sistema de justicia penal en cualquier parte del mundo, pero que en México gozan de cabal salud, como la fabricación de testimonios hasta el uso de pruebas ilícitas, pasando por la "siembra" de evidencias, como la cocaína "encontrada" en el puesto de Alberta.

La Procuraduría General de la República (PGR), es decir, el gobierno de Calderón, imputó a las indígenas el delito de privación ilegal de la libertad en agravio de servidores públicos (seis agentes de la desaparecida Agencia Federal de Investigación, AFI).

No obstante lo absurdo de la acusación, el gobierno fabricó un juicio cuyas irregularidades no se explican sin la corrupción de policías, agentes del Ministerio Público, procuradores y jueces.

La resolución de la SCJN es una ocasión para celebrar, si bien permanece intocado el entramado de corrupción que permite que ahora mismo existan otros casos similares en el país, aunque sin la misma cobertura mediática por permanecer ocultos al escaparate de los medios y al monitoreo de los organismos defensores de los derechos humanos.

Como ha explicado la ministra Sánchez Cordero, no existe en la legislación vigente forma de sancionar, por ejempo, al juez Rodolfo Pedraza Longi, por la forma torcida en que interpretó las "pruebas" presentadas por la parte acusadora (PGR) y con base en las cuales fijó la sentencia.

La falta de independencia del Ministerio Público respecto del ejecutivo federal, en este caso representado por la PGR, hacen viable la sospecha de que la autoridad actuó por consigna contra las dos indígenas indiciadas.

Otro dato que refuerza lo anterior es que en sólo cinco semanas la ministra Sánchez Cordero se percató de los vicios, contradicciones, corruptelas y fabricaciones del proceso en cuestión.

Así que para el juez Pedraza Longi sólo quedará el expediente de que una resolución suya fue enmendada por la Corte. Con un criterio jurídico así de endeble o quizá torcido por el aceite de la corrupción, seguirá conociendo de casos y dictando resoluciones en perjuicio o beneficio de vaya usted a saber qué intereses, pues no será investigado ni sujeto a juicio alguno derivado de sus evidentes torpezas.

El caso demuestra con meridiana claridad el uso faccioso de la ley impuesto por los gobiernos panistas, pues no debe olvidarse que en otros procesos igualmente viciados fueron condenados a más de 100 años de prisión los líderes de San Salvador Atenco que por defender sus tierras se opusieron y evitaron la construcción del nuevo aeropuerto internacional de la ciudad de México.

En contraparte, las 26 mujeres violadas en el operativo de aquel 3 y 4 de mayo de 2006 en que fueron detenidas en Atenco siguen sin recibir justicia, y esta misma Corte que ahora liberó a las indígenas otomíes, se negó en su resolución de febrero de 2009, a enjuiciar a los responsables de estos otros crímenes: Enrique Peña Nieto, Eduardo Medina Mora, Wilfrido Robledo Madrid, Miguel Ángel Yunes y Ardelio Vargas.

En tanto, sigue detenida en la Cámara de Diputados la reforma en materia de Derechos humanos aprobada por el Senado. No digo que ello evitará que se presenten en el país casos como los aquí comentados, pero la iniciativa tiene aspectos positivos que pueden acotar los espacios de la arbitrariedad.

Celebremos, por lo pronto, la libertad de Teresa y Alberta

¡Hasta la próxima!

jueves, 13 de agosto de 2009

Acteal: justicia a ciegas

Acaso algún lector pueda acordarse del título de una cinta holywoodense en que un grupo de abogados, convencidos de que "alguien secuestró la justicia y la ocultó en la ley", se ocupaban de hacer juicios y dictar condenas paralelas a acusados a los cuales no habían podido llevar a prisión, a pesar de su manifiesta culpabilidad, debido a los recovecos de la ley.

En la escena inicial un sujeto es perseguido por la policía tras asesinar a una víctima. En su desesperada carrera deposita el arma criminal en un camión de basura. Los agentes se percatan de ese movimiento, hurgan en los desechos y encuentran el arma homicida. Capturado y llevado a juicio, el malhechor es, sin embargo, absuelto por un detalle legal: los policías que encontraron el arma no tenían jurisdicción para buscar en el camión de la basura porque éste es considerado territorio federal.

Así, aunque la evidencia era fehaciente --el arma homicida con las huellas del criminal-- había sido obtenida ilegalmente, lo cual permitió que el sujeto quedara en libertad.

Algo similar ha ocurrido con el caso Acteal, en el que la Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, decididió amparar y decretar la libertad inmediata de 20 indígenas que han permanecido 11 años en prisión acusados de asesinar a 45 tzotziles de Acteal que oraban en una mezquita de madera el 22 de diciembre de 1997.

Sin juzgar acerca de la culpabilidad de los detenidos, los ministros de la Corte determinaron ordenar su libertad por haber encontrado que la Procuraduría General de la República torció el "Debido proceso judicial". Esto es, incurrió en fallas en los procedimientos judiciales mínimos que debe cumplir para respetar las garantías de los acusados, amén de iniciar los procesos partiendo de la presunción de inocencia.

De todo ello concluyó que el caso fue mal conducido, mal juzgado y mal castigado. Familiares y las propias víctimas sobrevivientes, cuyo testimonio fue crucial en la captura y condena de los acusados por haberlos reconocido claramente, han deplorado la resolución de la Corte, a cuyos ministros responsabilizan de eventuales nuevos ataques que, tras el fallo de ayer, puedan sufrir miembros de la organización Las Abejas, a la que pertenecían los indígenas inmolados.

Este episodio ilustra uno de los capítulos más oscuros de la justicia mexicana. Como en los asesinatos de Luis Donaldo Colosio o de José Francisco Ruiz Massieu, las autoridades han empleado la ley para desvirtuar tanto los hechos, el escenario y los protagonistas que acaso nunca se llegue a determinar con exactitud lo que ocurrió en cada caso.

Acteal constituye una vergüenza, un crimen de lesa humanidad que quedará impune por la voluntad política de las autoridades encabezadas por el entonces presidente Ernesto Zedillo Ponce de León.

Y sin embargo, la resolución de la Corte pudo tener otro derrotero. Como lo señala el Bufete jurídico Tierra y Libertad A.C. Bárbara Zamora y Santos García, "los errores procesales nunca han sido sustento para que los jueces concedan un amparo liso y llano, por el contrario, en ese tipo de violaciones procesales, que se dan en todos los casos, se otorga amparo de los llamados `para efectos` mediante el cual se ordena reponer el procedimiento para subsanar dichos yerros".

De ese modo, lo que procede, decía ayer el Bufete en una carta dirigida a los ministros de la Corte, es que ustedes resuelvan ordenando reponer el procedimiento para subsanar las fallas y asimismo para el efecto de que comparezcan todos los implicados materiales e intelectuales, funcionarios con altos cargos en el gobierno de Ernesto Zedillo, incluido él mismo.

No se hizo así. Los magistrados se atuvieron a la técnica jurídica sin considerar la alevosía de los hechos. Es decir, sin considerar que los "errores" procesales de la PGR pudieron ser intencionales con el propósito de encubrir a los autores intelectuales del crimen.

Si de justicia se tratara, los ministerios públicos que incurrieron en torcer el "procedimiento debido" fabricando pruebas y testimonios deberían ser sujetos a juicio y, en su caso, a una condena corporal. Y no obstante, la PGR, mediante el vocero Ricardo Nájera, se ha apresurado a aclarar que no se procederá contra los ministerios públicos implicados porque "en su momento la PGR consideró que había los elementos suficientes para ejercitar la acción penal".

Lo dicho, alguien secuestró la justicia y la ocultó en la ley.

¡Hasta la próxima!